El Tiempo en Corrales de Buelna,Los

13 marzo 2009

MEDIDA RECAUDATORIA

TRAFICO MULTARA A PARTIR DE 121 KM/H
En unas cuantas semanas, circular por encima de 120 km/h en autopistas o autovías supondrá una sanción de 100 euros. La reforma de la Ley de Seguridad Vial, que ya se está tramitando en el Congreso de los Diputados, terminará con el margen actual que permite alcanzar hasta 133 km/h sin que ello suponga una multa.
Actualmente, si un conductor es detectado por un radar circulando con su vehículo entre 121 y 133 km/h no es sancionado. En poco tiempo, ya no será así. Cuando entren en vigor los cambios en la Ley de Seguridad Vial, los radares de autopistas y autovías multarán a todo aquel vehículo que transite a más de 120 km/h. La cuantía de esta sanción se sitúa en 100 euros, aunque no restará puntos.La reforma también supondrá que determinadas infracciones que ahora restan puntos dejen de hacerlo. Son aquellas que la Dirección General de Tráfico (DGT) considera que no tienen una incidencia importante en la mortalidad en las carreteras. Así, ya no quitará puntos circular por autopistas y autovías con vehículos que lo tengan prohibido, como es el caso de los ciclomotores, llevar en los vehículos más ocupantes de lo permitido y aparcar o estacionar en un carril bus, un túnel o una curva.
Todas ellas pasarán a ser faltas graves y aunque no quiten puntos del carné sí supondrán una multa de 200 euros. Además de endurecerse las sanciones por pequeños excesos de velocidad en vías con el límite situado en 120 km/h, circular rápido en tramos urbanos será más perseguido. De esta forma, conducir a 80 km/h en ciudad, donde el máximo permitido es 50 km/h, pasará de suponer una sanción de 100 euros a otra de 300 euros y 2 puntos menos.
MATRÍCULAS LEGIBLES
Otra de las sanciones que se modificarán es aquella que se refiere a las matrículas. A partir del momento en que entre en vigor la reforma de la Ley de Seguridad Vial, los conductores de motocicletas, coches, camiones y furgonetas tendrá la obligación de mantener las placas de matrícula limpias y legibles. El objetivo es impedir que se modifiquen o se oculten las matrículas para evitar los radares.
Si algún conductor es detectado con la matrícula ilegible a propósito, será sancionado con 200 euros de multa y su permiso tendrá cuatro puntos menos. En la actualidad, esta infracción no restaba puntos. También se descontará cuatro puntos a todo aquel que circule con el carné de conducir temporalmente retirado. Además, el uso de detectores de radares pasará a restar 6 puntos (2 hasta ahora), mientras que quien no mantenga la distancia de seguridad verá mermado su saldo en 4 puntos, uno más que en la actualidad.
Las modificaciones en el texto legal persiguen, asimismo, que los conductores paguen todas las multas, porque ahora más del 30% no llega a cobrarse jamás. Para ello, la DGT apuesta por el pronto pago, que conllevará una rebaja del 40% de la sanción, un 10% más que a día de hoy, siempre que el infractor renuncie a las alegaciones y abone la multa en 15 días.

1 comentario:

Unknown dijo...

Hola :

Acabo de recibir el e-mail y bueno , me parece una manera de saldar la crisis poner multas.
A quien no le molesta una multa !!asi que ahora si tienes un detector de radares te sancionan con la mitad de puntos , tiene güasa esto !! es lo que mas gracia me hizo , que ellos pueden ir con coches camuflados para poner multarte, pues si vamos de legales que lo sean todos y que no se aprovechen tanto , porque que sera lo siguiente ?¿
Estoy de acuerdo en que para algunas cosas se pongan medidas , pero creo que ya se estan pasando con tanta restrinción.Para que hacen entonces coches que cada vez tienen mas caballos ?¿ tenemos que hacer competiciones de rally para sólo así poder correr?¿